El mandatario estampó su rúbrica en la noche del viernes, pero recién esta madrugada se publicó el decreto 782/24 en el Boletín Oficial, el cual es calificado como "manifiestamente violatorio del marco jurídico vigente en tanto no contempla el impacto fiscal de la medida ni tampoco determina la fuente de su financiamiento".
Además, argumenta que ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional es clara al exigir de forma expresa que toda "ley que autorice gastos no previstos en el presupuesto general deberá especificar las fuentes de los recursos a utilizar para su financiamiento”.
El decreto indica que la aplicación de la ley "implicaría para el ESTADO NACIONAL un gasto adicional al previsto de aproximadamente SEIS BILLONES CIENTO SESENTA MIL MILLONES DE PESOS ($6.160.000.000.000.-) para el año 2024", que se elevaría a "QUINCE BILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL MILLONES DE PESOS ($15.430.000.000.000.-) para el año 2025".
Asimismo, señala que
dichos importes "equivalen al UNO COMA DOS CENTÉCIMOS POR CIENTO (1,02%)
del Producto Bruto Interno (PBI) calculado para el año en curso; y de UNO COMA
SESENTA Y CUATRO CENTÉCIMOS POR CIENTO (1,64%) de aquél, estimado para el año
entrante". Y añade que las cifras tornarían "imposible cumplir con
las metas fiscales fijadas por el GOBIERNO NACIONAL".
Por ese motivo, el
artículo 1 del decreto declara: "Obsérvase en su totalidad el proyecto de
ley registrado bajo el N° 27.756". En tanto que el artículo 2 dispone
devolver el proyecto al Congreso de la Nación, donde se deberá rechazar o
aprobar el decreto.
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para defender el veto en el Congreso