Un hombre de la
comunidad gitana fue condenado a 9 años de prisión en San Juan por haber
explotado sexual y laboralmente a una mujer con discapacidad intelectual, a la
que mantuvo durante dos meses en una situación de servidumbre. El Tribunal Oral
Federal también le impuso el pago de una indemnización de 4 millones de pesos a
la víctima.
El condenado, Roberto
Espiro Mitar, fue hallado culpable de trata de personas, explotación sexual y
laboral, y unión forzada de hecho. Según la investigación, en enero de 2023 el
hombre “compró” a la mujer a otra familia de la comunidad gitana, y desde
entonces la obligó a hacer venta ambulante y a mantener relaciones sexuales sin
su consentimiento.
La joven fue rescatada
en marzo del mismo año, después de lograr escapar mientras vendía hilos y
medias en la calle. En su declaración ante la Justicia, contó que era vigilada
constantemente, que todo el dinero que generaba se lo tenía que entregar a la
familia del acusado y que no podía decidir sobre su cuerpo ni sobre su vida.
Durante el juicio se
probó que Mitar no solo la obligaba a mantener relaciones sexuales, sino que
además la llevó a una sala médica cercana a su casa para que le retiraran el
chip anticonceptivo, con el objetivo de forzar su reproducción. Para la
fiscalía, esto fue un claro ejemplo de violencia sexual y contra la libertad
reproductiva, enmarcada en la ley 26.485 de protección integral a las mujeres.
Después de su denuncia,
la familia del acusado -con ayuda del abogado defensor- localizó a la víctima
en la provincia de San Luis y la llevó a una escribanía para que firmara una
declaración en la que se desdijo de todo lo que había contado. Ese documento
fue presentado en la Justicia Federal de San Juan como prueba a favor del
acusado, pero luego la mujer explicó que había sido amenazada y obligada a
firmarlo.
La Cámara Federal de
Apelaciones de Mendoza ordenó que se le tomara una nueva declaración en Cámara
Gesell. En ese marco, la joven ratificó los abusos y dijo que la habían forzado
a mentir “para que él recuperara la libertad”. Ese intento de encubrimiento
derivó en una nueva causa penal contra quienes la presionaron.
La sentencia y el rol
de la cultura gitana
El juez Daniel Doffo
destacó que la víctima atravesaba una situación de extrema vulnerabilidad: no tenía
redes familiares ni contención estatal, y presentaba un bajo nivel intelectual.
Eso, sumado a las amenazas, hizo posible que fuera sometida durante semanas sin
que nadie la ayudara, explicó en su fallo.
También hizo hincapié
en que los hechos ocurrieron en un contexto donde “elementos culturales propios
de la comunidad gitana” fueron utilizados como justificación para ejercer
violencia. “El respeto por la diversidad cultural encuentra su límite cuando
entra en colisión con derechos fundamentales, como la integridad de las mujeres”,
advirtió el magistrado.
Además de la prisión,
el tribunal ordenó el pago de una reparación económica de 4 millones de pesos.
La cifra fue calculada con ayuda de la Secretaría para la Identificación
Financiera y Recupero de Activos Ilícitos (SIFRAI), y contempla el daño
económico, moral y psicológico sufrido por la víctima.
El tribunal también
dispuso que se informe a la joven sobre cualquier beneficio penitenciario que
el condenado pueda solicitar en el futuro, como salidas transitorias o libertad
condicional. Y ordenó que se le brinde acompañamiento del Centro Nacional de
Asistencia a las Víctimas de Delitos (CENAVID).
Durante el juicio, la
defensa fue advertida por el fiscal Fernando Alcaraz por su “falta de
perspectiva de género” y por haber utilizado estereotipos para deslegitimar a
la víctima. El juez coincidió con el planteo y consideró que esa actitud “solo
profundizó el contexto de violencia” dentro del proceso judicial.